
Como informa The Waterways Journal, una reciente sentencia de un tribunal federal limita el alcance de las demandas de responsabilidad por productos relacionados con el transporte marítimo. En el caso Ortega García contra Estados Unidosel Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito dictaminó que, en virtud del derecho marítimo, sólo los usuarios finales y los clientes previstos están cubiertos por las protecciones de responsabilidad por productos defectuosos, no los transeúntes. Aquí, nuestros abogados marítimos de Houston, TX destacan las cosas más importantes que usted necesita saber sobre la decisión del tribunal y explican las implicaciones.
Análisis del caso: García contra Ortega García contra Estados Unidos
Antecedentes y hechos
Mientras patrullaba cerca de Brownsville (Texas), un buque de la Guardia Costera de Estados Unidos (USCG) golpeó y mató a una mujer que cruzaba a nado un canal de navegación. Según los registros judiciales, la mujer, de nacionalidad mexicana, intentaba emigrar a Estados Unidos. Un representante de su familia presentó una demanda por homicidio culposo por negligencia y responsabilidad del producto. Entre otras alegaciones legales, sus herederos argumentaron que el diseño de la embarcación era defectuoso porque dificultaba demasiado que los tripulantes vieran lo que tenían delante.
La decisión del Tribunal de Apelación del Quinto Circuito
Los tribunales separaron la responsabilidad por producto defectuoso de todas las demás reclamaciones legales interpuestas por la familia. En revisión, el Tribunal de Apelación del Quinto Circuito desestimó la demanda de responsabilidad por producto defectuoso. La demanda, interpuesta contra una empresa fabricante con sede en Washington llamada Safe Boats International LLC, fue desestimada por considerar que la familia carecía de legitimación activa para demandar.
En estas circunstancias, la víctima era una "transeúnte", lo que significa que no tenía ninguna relación jurídica directa con el fabricante del buque. El tribunal de apelación dictaminó que, con arreglo al Derecho marítimo, un transeúnte no puede presentar una demanda de responsabilidad por productos defectuosos. Sólo los clientes y otros usuarios finales están legitimados para presentar una demanda de responsabilidad por productos defectuosos contra el fabricante de una embarcación.
Implicaciones de la sentencia
Los hechos específicos de este caso son únicos, hasta el punto de que el tribunal de apelación señaló que se estaba pronunciando sobre un "caso de primera impresión". Según la definición del Cornell Legal Information Institute, un caso de primera impresión es aquel que presenta una cuestión jurídica que aún no se ha resuelto en una jurisdicción concreta. No obstante, esta decisión podría tener implicaciones importantes para otras demandas de responsabilidad por productos defectuosos presentadas en virtud del Derecho marítimo estadounidense. El Tribunal de Apelación del Quinto Circuito ha reducido el número de partes legitimadas para presentar una demanda.
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