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Problemas de los yates

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Retrato de abogado
Jun 3, 2018 | Por Alan Kolodny | Tiempo de lectura: 2 minutos | Derecho marítimo

Para quienes han alcanzado el "sueño americano", poseer un yate suele ser señal de tal logro. De hecho, poseer un yate le sitúa en un club muy exclusivo. Se le otorga el estatus de ultra-rico y se le considera envidiable. Sin embargo, aunque usted sea lo suficientemente rico como para comprar un yate, no es inmune a la ley. Un reciente caso del Tribunal de Circuito relacionado con un yate puso de actualidad el Derecho marítimo. Los yates, debido a su capacidad para viajar más que la embarcación media, pueden convertirse en el tema de un importante debate marítimo.

Cláusula de Supremacía

El Artículo IV, Párrafo 2 de la Constitución de los Estados Unidos establece que la Constitución, los tratados y la ley federal promulgada de conformidad con la Constitución son la ley suprema del país. Esto se conoce como la Cláusula de Supremacía de la Constitución, según la cual la ley federal y similares son ley suprema sobre la ley estatal y las constituciones estatales. La Cláusula de Supremacía es importante, según los estudiosos de la Constitución, porque actúa como garante de que Estados Unidos siga siendo una unión.

Derecho de seguros

En 1945, el Congreso aprobó la Ley McCarran-Ferguson que, entre otras cosas, eximía a las compañías de seguros de la legislación federal. En general, las compañías de seguros están reguladas por leyes estatales y sujetas únicamente a los reguladores estatales. Aunque la Cláusula de Supremacía está en juego, las leyes federales de seguros, a través de McCarran-Ferguson, no se aplican a las leyes estatales de seguros. Por lo tanto, a la hora de presentar una reclamación al seguro, prevalecerá la legislación estatal.

Galilea LLC

Recientemente, el Tribunal de Apelación del Noveno Circuito de los Estados Unidos escuchó los argumentos sobre el caso Galilea LLC, que situaba el derecho marítimo como un factor con respecto a la regulación estatal de los seguros. Este caso se conoce como Galiela LLC contra ACGS Marine Insurance Company et al.. En ese caso, un yate propiedad de Galilea LLC, una empresa con sede en Montana, se estrelló en Panamá, causando daños. Galilea presentó una reclamación a su seguro marítimo para pagar los daños. Liberty Mutual Insurance, suscriptora del seguro, se opuso.

Galilea firmó un seguro con ACGS y sus aseguradores. Parte de las normas del plan de seguros es que el yate sólo tiene cobertura de seguro en una zona determinada, que no incluía Panamá. En consecuencia, Liberty Mutual alegó que Galilea estaba fuera de su zona de cobertura y, por lo tanto, no tenía derecho al pago del seguro. Galilea replicó que, según la ley de seguros de Montana, una compañía de seguros no puede limitar la cobertura en función del lugar geográfico en el que se encuentre el asegurado.  

El Noveno Circuito citó la sentencia del Tribunal Supremo de EE.UU. en el caso Barco Wilburn de 1955, según la cual una póliza de seguros en un contrato marítimo está sujeta a la Cláusula del Almirantazgo de la Constitución estadounidense. En el Artículo III, Sección 2: "El Poder Judicial se extenderá a todos los Casos, en Derecho y Equidad, que surjan bajo esta Constitución, las Leyes de los Estados Unidos, y los Tratados celebrados, o que se celebren, bajo su Autoridad;-a todos los Casos que afecten a Embajadores, otros Ministros públicos y Cónsules;-a todos los Casos de almirantazgo y Jurisdicción marítima[.]". Como tal, el contrato entre Galilea y las compañías de seguros entra dentro del ámbito del derecho marítimo federal y, por tanto, no está sujeto a la Ley McCarran-Ferguson. Sentencia a favor de las compañías de seguros.

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Alan Kolodny

Alan Kolodny está comprometido a representar a clientes lesionados en Texas y en todo Estados Unidos. Alan obtuvo su licenciatura en la Universidad Rice y su doctorado en Derecho en la Universidad Metodista del Sur.

Centra su práctica en la representación de demandantes en casos de lesiones personales relacionados con los siguientes asuntos: accidentes marítimos y de alta mar, incluidos los contemplados en la Ley Jones; accidentes automovilísticos y de camiones de 18 ruedas; y accidentes laborales, accidentes relacionados con el trabajo y reclamaciones de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad de los Empleadores.

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