En los últimos años, el verano tardío/otoño temprano temporada de transporte marítimo transpacífico ha sido caótica. Hay prisa por suministrar a Norteamérica mercancías, sobre todo ropa, para la ajetreada temporada de invierno. Los fabricantes de China y otras zonas de Extremo Oriente suelen reservar espacio para grandes contenedores a bordo de los buques. Para los transitarios, ésta suele ser la época de mayor actividad del año.
Este año, sin embargo, los del sector del transporte marítimo creían que verían una desaceleración significativa en el transporte marítimo transpacífico debido a los aranceles de Trump. En concreto, existía la creencia de que los aranceles provocarían un gran repunte de los precios que perjudicaría seriamente las perspectivas de los minoristas. Sin embargo, esto no sucedió. De hecho, los precios no se dispararon y la demanda es muy fuerte.
En tal caso, las obligaciones contractuales entre navieras, fabricantes, bancos y otras partes interesadas se complican cada vez más. Como la circunstancia es totalmente inesperada, las partes pueden verse obligadas a maniobrar con rapidez sólo para satisfacer la demanda de los consumidores estadounidenses.
Inicialmente, la administración Trump declaró aranceles sobre artículos como el acero y el aluminio chinos. Inmediatamente, el gobierno chino pidió medidas de represalia. A su vez, la administración Trump contempló nuevos aranceles en respuesta a los aranceles chinos. Los expertos creían que esta escaramuza se convertiría en una guerra comercial en toda regla.
Curiosamente, los principales indicadores del mercado sugieren que los consumidores estadounidenses no están sufriendo por la guerra comercial. Aunque la razón de ello no está clara, es probable que los consumidores estadounidenses sigan como hasta ahora y esperen que continúe el flujo de mercancías procedentes del Lejano Oriente a precios baratos.
Acuerdos marco
A menudo, las partes crean acuerdos "marco" en los que utilizan el acuerdo inicial para cubrir una amplia variedad de transacciones y rige el comercio entre las partes durante varios años. Estos acuerdos suelen cubrir aspectos como las condiciones comerciales generales, la resolución de conflictos, la información de contacto y la insolvencia y quiebra de una o ambas partes. Estos acuerdos marco casi siempre contemplan posibles ralentizaciones del comercio y cómo se rigen esas circunstancias.
En los últimos años, cada vez más entidades han entrado en el ámbito del transporte marítimo. Estas entidades adoptan la forma de bancos y otros prestamistas que ofrecen garantías, terceros que ponen en contacto a compradores y vendedores, y otros actores importantes. Cuando esto ocurre, los acuerdos marco negociados entre las partes hace varios años pueden no cubrir la relación contractual entre estas partes.
Para tener en cuenta a estas partes a nivel contractual, las partes de los acuerdos marco suelen modificarlos para incluir a otros terceros. Estas modificaciones pueden actuar también como acuerdos marco y regirán las futuras transacciones entre las partes.
En estas circunstancias, cuando hay una oleada de partes implicadas en un breve espacio de tiempo, se producirá una oleada de actividad de los abogados que regulan la relación contractual entre las distintas partes.
Derecho aplicable
Cuando se negocian contratos transnacionales, conviene definir claramente qué ley rige en caso de litigio. Muchas compañías navieras eligen la ley estadounidense como ley rectora y así lo estipulan en todos los contratos. La legislación estadounidense permite tal estipulación.
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