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Costes de la Cláusula del Refugiado, Parte II

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Retrato de abogado
Nov 3, 2017 | Por Alan Kolodny | Tiempo de lectura: 2 minutos | Derecho marítimo

En la primera parte del debate sobre la Cláusula del Refugiado, según la cual un barco que encuentra refugiados en peligro está obligado a rescatarlos, se planteaba la hipótesis de un grupo de personas que abandonan su país de origen en busca de una vida mejor en otro lugar. Contratan a contrabandistas que los sacan del país y los embarcan. Cuando el tiempo se pone feo y el mar se agita, muchos miembros del grupo se tiran por la borda. Un barco los rescata y los pone a salvo.

Este tipo de rescates son cada vez más habituales y resultan muy caros. Especialmente a raíz de la Primavera Árabe, cada vez más personas buscan ir a Europa. A menudo, viajan en embarcaciones inadecuadas, lo que acaba provocando la necesidad del rescate.

Legislación sobre refugiados

Muchas naciones con grandes industrias marineras exigen desde hace tiempo a quienes se embarcan en las aguas que salven a quienes están en peligro, entre ellas Estados Unidos. A escala internacional, estas leyes se codificaron en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y el Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos de 1979. En concreto, un anexo del Convenio sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo establece que "una situación de peligro deberá notificarse no sólo a las autoridades consulares y diplomáticas, sino también a un órgano internacional competente si la situación de peligro se refiere a refugiados o personas desplazadas".

Tenga en cuenta que estas leyes exigen que el buque de rescate lleve a estas personas a un lugar seguro. Un lugar seguro puede ser la siguiente estación de atraque, todo depende de las circunstancias y necesidades del refugiado o refugiados. Esto también significa que el buque de rescate no puede llevar a la persona rescatada a su país de origen o a cualquier otro lugar donde dicha persona correría peligro.

Por ello, un buque puede verse obligado a incurrir en costes más elevados. Por ejemplo, un barco en el Mediterráneo puede no llevar a un refugiado libio de vuelta a Libia y tener que llevarlo a Francia. Esto puede resultar muy caro.

Asignación de costes

Ahora que los refugiados están a salvo en su nuevo país, la cuestión es quién es la parte responsable de cubrir los costes del rescate. Por desgracia, no hay una respuesta clara a este respecto. Por lo tanto, la parte que incurrió en los costes originales, normalmente la parte que fletó el barco, tendrá dificultades para recuperar los costes incurridos. La parte que fletó la embarcación probablemente no tendrá ninguna teoría legal por la que otra parte deba ser responsable de asumir el gasto. Aunque el orden público puede dictar obligaciones, el requisito sigue sin estar claro.

En 2001, un barco noruego recogió a un grupo de refugiados afganos y los llevó a Australia. Las autoridades australianas se negaron a aceptar a los refugiados. Finalmente, esos refugiados encontraron asilo en Nueva Guinea. Para compensar los costes, el Alto Comisionado de la ONU ayudó al barco australiano con los gastos.

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Alan Kolodny

Alan Kolodny está comprometido a representar a clientes lesionados en Texas y en todo Estados Unidos. Alan obtuvo su licenciatura en la Universidad Rice y su doctorado en Derecho en la Universidad Metodista del Sur.

Centra su práctica en la representación de demandantes en casos de lesiones personales relacionados con los siguientes asuntos: accidentes marítimos y de alta mar, incluidos los contemplados en la Ley Jones; accidentes automovilísticos y de camiones de 18 ruedas; y accidentes laborales, accidentes relacionados con el trabajo y reclamaciones de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad de los Empleadores.

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