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Retrato de abogado
Nov 2, 2018 | Por Alan Kolodny | Tiempo de lectura: 2 minutos | Derecho marítimo

La legislación estadounidense, en general, responsabiliza a los responsables. Por ejemplo, los propietarios de una tienda de comestibles son responsables si alguien resbala y se cae en la tienda si los propietarios fueron negligentes a la hora de mantener la tienda libre de peligros. Lo mismo cabe decir de las compañías de cruceros. Son responsables de la seguridad de sus pasajeros.

Tenga en cuenta, no obstante, que la responsabilidad de las compañías de cruceros está limitada a la notificación. Es decir, la compañía de cruceros debe haber tenido conocimiento de un peligro o peligro potencial para ser responsable de las lesiones relacionadas con ese peligro. Si la compañía de cruceros no tenía conocimiento, no puede ser considerada legalmente responsable de las lesiones relacionadas.

El Tribunal Supremo de EE.UU. puso esto en perspectiva en un caso de la línea de cruceros Carnival de 1984, cuando el Tribunal subrayó que una línea de cruceros no actúa como una compañía de seguros. Si bien la compañía de cruceros es legalmente responsable de la seguridad de sus pasajeros cuando tiene conocimiento de un peligro, no es una compañía de seguros responsable de un peligro que no ha sido advertido.

El reciente caso Reinhardt contra Paradise Cruise Lines, del Distrito Sur de Florida, puso de relieve este punto.

Para ser responsable extracontractualmente de responsabilidad civilel propietario o explotador del local debe tener conocimiento de la existencia de un peligro. En este contexto, el término "notificación" incluye la notificación implícita. La notificación implícita significa que el propietario del local debería haber tenido conocimiento del problema.

Por ejemplo, si hay gente nadando a bordo de un crucero y, por tanto, es probable que la cubierta esté mojada, corresponde a la tripulación vigilar que no haya zonas mojadas para evitar que los clientes resbalen y se caigan. Si la tripulación vigila constantemente la cubierta y alguien se lesiona, la compañía de cruceros puede no tener responsabilidad. Si la tripulación es negligente y alguien resbala y cae, entonces la parte lesionada probablemente tendrá una causa de acción contra la línea de cruceros.

Reinhardt

Reinhardt era mecenas de Paradise Cruise Lines que navegaba de Florida a las Bahamas. El crucero atracó en las Bahamas y los clientes embarcaron hacia una playa de la isla. Mientras estaba en la playa, Reinhardt observó que la gente se subía a una estructura flotante en el agua y saltaba desde esa estructura a una pista de obstáculos. Un miembro de la tripulación de su crucero estaba ayudando a los clientes a utilizar la pista de obstáculos.

Reinhardt lo observó durante un rato y decidió que quería hacer lo mismo. Nadó hasta la estructura, subió y saltó. Al aterrizar, se rompió algunas costillas y vértebras.

Reinhardt demandó a la compañía de cruceros, alegando que su tripulación había ayudado y era, por tanto, responsable. El tribunal falló en contra de Reinhardt, argumentando que la tripulación se limitaba a ayudar y no había advertido peligro alguno al saltar a la pista de obstáculos. Otros hicieron lo mismo sin incidentes.

¿Ha sufrido un accidente marítimo? Póngase en contacto con el bufete de abogados Kolodny, abogados de lesiones marítimas.

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Alan Kolodny

Alan Kolodny está comprometido a representar a clientes lesionados en Texas y en todo Estados Unidos. Alan obtuvo su licenciatura en la Universidad Rice y su doctorado en Derecho en la Universidad Metodista del Sur.

Centra su práctica en la representación de demandantes en casos de lesiones personales relacionados con los siguientes asuntos: accidentes marítimos y de alta mar, incluidos los contemplados en la Ley Jones; accidentes automovilísticos y de camiones de 18 ruedas; y accidentes laborales, accidentes relacionados con el trabajo y reclamaciones de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad de los Empleadores.

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