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Contratos marítimos

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Retrato de abogado
14 de noviembre de 2017 | Por Alan Kolodny | Tiempo de lectura: 2 minutos | Derecho marítimo
Federal courts handle maritime contracts; state courts handle general civil cases.

El sistema judicial civil estadounidense se compone de dos sistemas distintos: el sistema judicial federal y el sistema judicial estatal. El sistema de tribunales estatales se considera un tribunal de jurisdicción general en el que una parte puede demandar a otra por cualquier motivo. Por el contrario, el sistema judicial federal se considera un tribunal de jurisdicción limitada en el que una parte sólo puede demandar a otra por tres motivos:

  • Cuestión federal;
  • Jurisdicción de diversidad; y
  • Jurisdicción marítima.

Como tal, una disputa con respecto a un contrato marítimo, en su forma básica, cae bajo jurisdicción federal y es aplicable a un tribunal federal. Si una parte presenta una demanda ante un tribunal civil en relación con un asunto marítimo, la otra parte tiene derecho a trasladar el caso a un tribunal federal. Es probable que las partes que deseen litigar prefieran que el litigio marítimo tenga lugar en un tribunal federal porque los jueces suelen tener más experiencia en asuntos marítimos que sus homólogos de los tribunales estatales.

Si se trata de un contrato marítimo, entra dentro del ámbito de aplicación de la legislación federal, no de la estatal. Hay varias diferencias, entre ellas el embargo preventivo federal y el pago de intereses.

A veces es fácil determinar qué tipo de contrato es un contrato marítimo y, por tanto, entra dentro de la jurisdicción de los tribunales federales. Muchas veces, sin embargo, la categorización de un contrato como marítimo no está clara y puede dar lugar a importantes litigios entre las partes.

Contratos marítimos

Como ya se ha mencionado, la determinación de que un contrato entra dentro de la definición marítima no siempre está clara. Sin embargo, la jurisprudencia establece que los siguientes elementos son persuasivos a la hora de determinar la condición de un contrato marítimo:

  • Contratos de transporte marítimo de mercancías;
  • Fletamento de buques;
  • Contratos de remolque de un buque por otro;
  • Contratos de reparación de buques;
  • Contratos de practicaje de buques;
  • Contratos de otros servicios a buques;
  • Contratos de trabajo de la tripulación del buque;
  • Contratos de seguro marítimo;
  • Contratos de suministros suministrados directamente a los buques;
  • Contratos de arrendamiento de contenedores marítimos; y
  • Un contrato para dragar un canal de navegación.

Entrar en una tienda que vende kayaks y redactar un contrato para la compra de un kayak no es un contrato marítimo. Si se produce un litigio en relación con ese contrato, lo más probable es que se dirima ante un tribunal estatal, a menos que entre dentro de la jurisdicción de diversidad. No estará sujeto a recursos federales o similares.

Además, muchos tribunales consideran que los grandes contratos de financiación no son contratos marítimos. Una gran empresa pesquera que contrata con un constructor naval no ha celebrado un contrato marítimo y estaría sujeta a los recursos estatales. Otros tribunales tratan algunos contratos como contratos mixtos que, en general, no están sujetos a la legislación marítima federal, a menos que el contrato tenga principalmente fines marítimos o si es posible separar los aspectos marítimos y no marítimos del contrato.

¿Se dedica al transporte marítimo? ¿Alquiler de barcos? ¿Cualquier actividad marítima? Asóciese con un bufete de abogados con experiencia y conocimientos en derecho marítimo. Póngase en contacto con el bufete de abogados Kolodny, abogados expertos en derecho marítimo.

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Alan Kolodny

Alan Kolodny está comprometido a representar a clientes lesionados en Texas y en todo Estados Unidos. Alan obtuvo su licenciatura en la Universidad Rice y su doctorado en Derecho en la Universidad Metodista del Sur.

Centra su práctica en la representación de demandantes en casos de lesiones personales relacionados con los siguientes asuntos: accidentes marítimos y de alta mar, incluidos los contemplados en la Ley Jones; accidentes automovilísticos y de camiones de 18 ruedas; y accidentes laborales, accidentes relacionados con el trabajo y reclamaciones de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad de los Empleadores.

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