Parte del nicho que es el Derecho marítimo es que está entrelazado con diversos actores y normativas internacionales. La legislación de Estados Unidos, cuando tiene en cuenta el Derecho marítimo, a menudo considera cómo otras jurisdicciones tratarán ciertos asuntos. El reciente caso Nazareth contra McDermott en un tribunal de apelación de Texas pone de relieve una clara interacción entre el Derecho marítimo estadounidense y las consideraciones internacionales.
Derecho internacional
El derecho nacional contrasta con el derecho internacional. Los legisladores elegidos o designados crean el derecho nacional; el derecho internacional se basa en tratados. El derecho nacional suele estar respaldado por un régimen de aplicación que le da fuerza; el derecho internacional está algo limitado en cuanto a su aplicación.
Otra distinción importante es que el Derecho nacional no suele tener en cuenta muchos matices que se dan en otras jurisdicciones. Aunque el derecho nacional suele tener en cuenta y ofrecer reciprocidad a otra jurisdicción, a menudo existen limitaciones. El caso Nazaret es uno de los que demuestran tales limitaciones.
Nazareth contra McDermott
Nazareth es ciudadano indio y también residente en la India. Trabajaba para una filial de McDermott, una gran empresa naviera estadounidense. Mientras trabajaba en un buque que cruzaba el Mar Arábigo, resultó herido. La lesión se produjo en aguas territoriales de Qatar. Achaca la lesión a la negligencia de McDermott y presenta una demanda en virtud de la Ley Jones.
McDermott es una empresa domiciliada en Texas y, en teoría, puede ser llevada ante cualquier tribunal del estado de Texas como jurisdicción propia. Este caso, sin embargo, es diferente.
En virtud de la legislación marítima de Estados Unidos, una persona que trabaja en un buque puede optar a una indemnización en virtud de la Ley Jones aunque no sea ciudadano o residente de Estados Unidos. No es necesario que la lesión propuesta se produzca dentro de las aguas territoriales de Estados Unidos. sin embargo, existen limitaciones. Las limitaciones se dan cuando la persona que solicita la indemnización tiene derecho a ella en su país de origen o en la jurisdicción donde se produjo el accidente.
Nazareth quiso llevar a McDermott ante los tribunales y lo intentó sin éxito tanto en India como en Qatar. Los tribunales de ambas jurisdicciones se negaron a conocer del caso por dudas sobre si había jurisdicción sobre McDermott.
Nazareth interpuso entonces la demanda ante un tribunal de Texas, alegando que no puede acogerse a Qatar ni a la India y que, por tanto, puede acogerse a la Ley Jones. McDermott solicitó una sentencia sumaria, que le fue concedida. En apelación, el Tribunal de Apelación confirmó la sentencia del tribunal inferior, razonando que tanto Qatar como la India ofrecen alivio a Nazaret. La negativa del tribunal a conocer del caso es un tecnicismo, no una cuestión de derecho. Dado que Nazareth tenía derecho a la indemnización, se aplican las limitaciones de la Ley Jones y, por tanto, no tiene derecho a ella.
La Ley Jones contempla si un demandante puede teóricamente obtener reparación en su propio país. No contempla si una persona puede acceder fácilmente a esa reparación.
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