Ir al contenido principal
Logo
  • Inicio
  • Sobre
    • Results
    • Alan Kolodny
    • Rashon Murrill
    • Testimonios
  • Áreas de práctica
    • Accidentes de tráfico
      • T-Bone Accidents
    • Accidentes de camión
      • Tanker Truck Accidents
      • Tow Truck Accidents
      • Underride Truck Accidents
    • Accidentes por resbalones y caídas
    • Accidentes ferroviarios
    • Accidentes marítimos
      • Accidentes de barco
      • Accidentes de barcos de buceo
    • Accidentes en las entregas
  • Áreas de servicio
    • Angleton, TX
    • Brazoria, TX
    • Houston, TX
    • Katy, TX
    • Lake Jackson, TX
    • League City, TX
      • Car Accident
    • Pearland, TX
      • Accidentes de tráfico
    • Pasadena, TX
      • Accidentes de tráfico
    • Sugar Land, TX
      • Accidentes de tráfico
    • The Woodlands, TX
      • Accidentes de tráfico
  • Artículos
  • Contacto
(713) 532-4474 Call Now

¿Es usted marino o pasajero?

Inicio > ¿Es usted marino o pasajero?
Retrato de abogado
Jul 12, 2019 | Por Alan Kolodny | Tiempo de lectura: 2 minutos | Derecho marítimo

No es infrecuente que la gente viaje al extranjero por mar. Tanto si lo hace como parte de un crucero en vacaciones, como si es un marino (más comúnmente conocido como marinero o miembro de una tripulación de trabajo), tiene ciertos derechos legales. Si bien tanto los marinos como los pasajeros están protegidos por las leyes marítimas y federales, los marinos suelen tener una protección más amplia.

Es importante determinar el estatus de una persona a la hora de distinguir entre los tipos de acciones y remedios que pueden estar disponibles. Los marinos tienen una clasificación especial en el derecho marítimo, denominada pupilos del almirantazgo, porque son más susceptibles de enfermar por la exposición a los peligros, el agotamiento laboral, los riesgos especiales y el cambio de clima a los que están expuestos durante el trabajo. Este estatus determina en última instancia si un trabajador puede recibir o no una indemnización en virtud de la Ley Jones.

Saltar al tema ocultar
1 Cómo determinar la condición de marino o pasajero
2 Requisitos para acogerse a la Ley Jones
3 Póngase en contacto con un abogado con experiencia en derecho marítimo de Texas

Cómo determinar la condición de marino o pasajero

En virtud de la legislación marítima, una persona puede recibir una indemnización como marino si tiene una conexión con un buque relacionada con su empleo. El buque debe participar en una navegación sustancial tanto por su duración como por su naturaleza, independientemente de dónde se haya producido la lesión del marino. La indemnización de un pasajero depende del lugar donde se produjo la lesión.

Los dos elementos que deben concurrir para obtener la condición de marinero son:

  • Las tareas del trabajador deben contribuir al cumplimiento de una misión o a la función de un buque,
  • El trabajador debe estar vinculado a un buque considerado en navegación o a un grupo de buques que sea sustancial por su naturaleza y duración.

Basándose en esto, el tribunal puede determinar que un buque sigue navegando aunque esté en dique seco, lo que significa que un trabajador no perderá la condición de marino cuando el buque esté en tierra. Sin embargo, los trabajadores estacionados en tierra pueden no ser considerados marinos y tener prohibido cobrar en virtud de la Ley Jones.

Requisitos para acogerse a la Ley Jones

Para poder recibir una indemnización en virtud de la Ley Jones, un trabajador marítimo debe alcanzar la condición de marinero, o marino. Según la Ley Jones, y la interpretación del tribunal, un marinero se define como una persona que pasa una cantidad significativa de su tiempo trabajando como capitán o miembro de la tripulación en un buque que está en navegación. Lamentablemente, no siempre es fácil determinar si un trabajador marítimo es marinero. Un abogado con experiencia en derecho marítimo puede ayudarle a entender cómo se le clasificará si ha sufrido lesiones en el mar.

Póngase en contacto con un abogado con experiencia en derecho marítimo de Texas

Los abogados de Kolodny Law Firm llevan años especializándose en derecho marítimo. Hemos ayudado a muchos trabajadores en alta mar y marineros lesionados, y podemos ayudarle a usted también. Revisaremos su reclamación y determinaremos cuál es su situación y la mejor manera de conseguirle la indemnización que se merece. Póngase en contacto con nosotros hoy mismo para programar una consulta. Deje que nos encarguemos del papeleo para que usted pueda centrarse en recuperarse.

(imagen cortesía de Garrett Parker)

Foto del autor
Alan Kolodny

Alan Kolodny está comprometido a representar a clientes lesionados en Texas y en todo Estados Unidos. Alan obtuvo su licenciatura en la Universidad Rice y su doctorado en Derecho en la Universidad Metodista del Sur.

Centra su práctica en la representación de demandantes en casos de lesiones personales relacionados con los siguientes asuntos: accidentes marítimos y de alta mar, incluidos los contemplados en la Ley Jones; accidentes automovilísticos y de camiones de 18 ruedas; y accidentes laborales, accidentes relacionados con el trabajo y reclamaciones de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad de los Empleadores.

Valora este post
1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas
Cargando...
  • Compartir

    • Este campo tiene fines de validación y no debe modificarse.
    • Contacto

Questions about Your Case?
713-532-4474
Mon. - Fri.: 9:00am - 6:00pm
akolodny@fko-law.com
  • 1011 Augusta Dr., Ste 111 Houston, TX 77057
  • Este campo tiene fines de validación y no debe modificarse.
  • Contacto
  • This field is hidden when viewing the form

Sin ganancias ni honorarios

GET IT TOUCH
  • © 2026 Kolodny Law Firm.
  •  | Todos los derechos reservados.
  •  | Disclaimer
  •  | Sitemap
Sitio por:

The content on this website is offered as a public service by Kolodny Law Firm and is meant for informational purposes only.

The content on this website does not provide legal advice for any specific situation nor does it create an attorney-client relationship between any reader and any attorney at Kolodny Law Firm.

  • Este campo tiene fines de validación y no debe modificarse.
  • Contacte con nosotros para una consulta Programe su consulta gratuita.

Client movie

713-532-4474
  • English