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¿Son válidos los descargos de los marineros?

Inicio > ¿Son válidos los descargos de responsabilidad de los marinos?
Retrato de abogado
15 de diciembre de 2019 | Por Alan Kolodny | Tiempo de lectura: 2 minutos | Ley Jones

Cuando una persona sufre lesiones, al aceptar el acuerdo debe firmar una exoneración que absuelva a la parte responsable de las lesiones de cualquier futura demanda o reclamación que pueda derivarse del mismo incidente. Esta misma norma se aplica también al sector marítimo. Sin embargo, cuando se trata de marineros protegidos por la Ley Jones y otras leyes marítimas, el descargo de responsabilidad puede no ser tan exigible. 

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1 Derecho a indemnización
2 Cuándo puede ejecutarse una excarcelación
3 Cuándo no se puede ejecutar una excarcelación
4 Póngase en contacto con un abogado con experiencia en derecho marítimo de Texas hoy

Derecho a indemnización 

Las leyes federales determinan cuándo un marino puede o no ser indemnizado por las lesiones sufridas a bordo de un buque, así como la posibilidad de hacer valer la exoneración de las reclamaciones. La ejecución de una exoneración depende normalmente de cuatro factores:

  • ¿Fue adecuada la indemnización por las lesiones y daños sufridos?
  • ¿Se informó al marino de la gravedad de las lesiones, así como del resultado?
  • ¿Se comunicaron adecuadamente los derechos legales del marinero?
  • ¿Se aprovecharon del marinero?

Cuándo puede ejecutarse una excarcelación

A release of claims may be enforceable if the release in question clearly met the requirements above. If an adequate settlement was offered to the injured seaman, the severity of his injuries and the outcome of his injuries was explained adequate, the rights of the seaman regarding his legal options were provided to him, and the seaman was not taken advantage of then the release may be enforceable. 

Cuándo puede no ejecutarse una excarcelación

Lo contrario es cierto cuando se trata de la no aplicación de una exoneración. En una demanda, el tribunal consideró que la exoneración no era ejecutable porque el lesionado perdió cuatro dedos por un problema con el equipo. La empresa pagó la atención médica del lesionado e incluso le dijo que no volviera al trabajo hasta que su médico le diera el alta. El marinero, que estaba pasando apuros económicos por estar de baja, pidió volver al trabajo y dijo que era capaz de realizar las tareas de su puesto. La empresa accedió a pagarle una cantidad de dinero y a que volviera al trabajo, pero le dijo que podía ser despedido por cualquier circunstancia. Cuando el trabajador no pudo trabajar una vez que regresó, demandó a la empresa y el tribunal determinó que se habían aprovechado de él. 

Póngase en contacto hoy mismo con un abogado experto en derecho marítimo de Texas

If you have been injured in an accident at sea or even on shore, contact the attorneys at Kolodny Law Firm today. We specialize in maritime and admiralty law, a very complex and complicated area of law that you should not try to tackle on your own.

Revisaremos su situación y le ayudaremos a entender cuáles pueden ser sus derechos y opciones legales para que obtenga la compensación que se merece. Póngase en contacto con nosotros hoy para programar una consulta. No deje que sus finanzas o su empleador dicten el resultado de su posible acuerdo. Permítanos manejar el papeleo y las molestias para que pueda centrarse en su recuperación.

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Alan Kolodny

Alan Kolodny está comprometido a representar a clientes lesionados en Texas y en todo Estados Unidos. Alan obtuvo su licenciatura en la Universidad Rice y su doctorado en Derecho en la Universidad Metodista del Sur.

Centra su práctica en la representación de demandantes en casos de lesiones personales relacionados con los siguientes asuntos: accidentes marítimos y de alta mar, incluidos los contemplados en la Ley Jones; accidentes automovilísticos y de camiones de 18 ruedas; y accidentes laborales, accidentes relacionados con el trabajo y reclamaciones de trabajadores ferroviarios lesionados en virtud de la Ley Federal de Responsabilidad de los Empleadores.

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